La negación que el gobierno cubano frente a las violaciones de derechos humanos obstaculiza la adopción de respuestas institucionales adecuadas

Carta #21 de Fernando E. Palacio Mogar y CELIDE para la UE.

Dentro de nuestra serie de #CartasdeCubaparaUE, el siguiente texto presenta un breve análisis respecto a la situación de derechos humanos en Cuba, ofreciendo así una serie de recomendaciones al gobierno cubano para poner fin a las constantes violaciones a los derechos humanos que sufren los ciudadanos en Cuba, y dar cumplimiento a sus obligaciones internacionales.

Fernando E. Palacio Mogar, es un activista político cubano, quién en 2003 comenzó a trabajar con varias organizaciones independientes e iniciativas ciudadanas como El Partido Liberal Nacional Cubano (PLNC), Partido Solidaridad Liberal Cubano (PSLC), El Comité Ciudadano por la Integración Racial (CIR), la Plataforma Femenina (PF), y el Centro de Estudios Liderazgo y Desarrollo (CELIDE), del cual en la actualidad es su Coordinador Nacional.

Recomendaciones al gobierno cubano con la UE de testigo

Presentación

El Centro de Estudio Liderazgo y Desarrollo (CELIDE) es una organización de la sociedad civil creada el 3 de mayo de 2014, con el objetivo de responder a las necesidades de restaurar el sistema de libertades y liderazgo ciudadano y de erradicar los estereotipos raciales y sociales, que dificultan la igualdad que se supone debería existir en Cuba y en el mundo.

CELIDE presenta este análisis sobre la situación de derechos humanos de la población cubana. Con base al mismo, ofrece un conjunto de conclusiones y recomendaciones que son relevantes para que la sociedad cubana avance hacia la eliminación de violaciones de DDHH a sus ciudadanos.

Es preocupante la situación de violación a los derechos humanos contra muchos sectores de la ciudadanía que se agrava cada vez más. Y la actitud de negación que el gobierno mantiene frente a situaciones de violaciones de derechos de sus ciudadanos obstaculiza la adopción de respuestas institucionales adecuadas.

Esperamos que este análisis ayude a que el gobierno re-direccione su política en materia de DDHH, cumpla las recomendaciones hechas por los organismos internacionales de DDHH y  permita las visitas in loco de relatores del sistema de Naciones Unidas y de la Comisión Interamericana de DDHH.

Contexto

En Cuba a los activistas de DDHH no se les permite libre circulación, impidiéndoles realizar talleres formativos, actividades pedagógicas y de inclusión social. Se recurre a diferentes formas para restringir su movilidad: deteniéndolos durante el traslado hacia otros territorios, los deportan sin importar el lugar donde se encuentren, en ocasiones abandonándolos en lugares inhóspitos.

El gobierno cubano es signatario de instrumentos internacionales que lo obligan a garantizar el derecho a la libre circulación. Ejemplo: el Artículo VIII de la Declaración Americana de Derechos Humanos, que plantea que toda persona tiene el derecho a fijar su residencia en el territorio del Estado del que es nacional, de transitar por él libremente y no abandonarlo sino por su voluntad; y el Artículo 13 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

A los activistas de CELIDE y de otras organizaciones se les impide, bajo amenazas, llegar o salir de su territorio o domicilio cuando han debido participar en encuentros formativos organizados para tratar temas de DDHH. Las vías más comunes son intimidar a los familiares, si poseen vínculo laboral se le amenazan con expulsarlos de su trabajo impidiéndoles moverse dentro del propio territorio de residencia.

A partir del 2013 se elimina en Cuba “La Carta Blanca”, documento que permitía al gobierno, controlar las salidas al exterior de ciudadanos cubanos, violando el derecho de libertad de movimiento. En ese instante el gobierno aplicó nueva modalidad de represión y control acogiéndose al derecho, bajo la justificación de seguridad nacional, de restringir salidas del país a los ciudadanos.

Marco normativo

Compromisos internacionales. El gobierno cubano es signatario de la Declaración Universal de Derechos Humanos y de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre por lo que debería garantizar los derechos a la libertad y a la igualdad que estos dos instrumentos consagran.

El gobierno cubano ha firmado y/o ratificado varios tratados internacionales que garantizan el respeto a los DDHH. En los casos que sólo ha firmado, esa firma implica asumir el compromiso de abstenerse de la violación del derecho consignado en el tratado, durante el tiempo que transcurre entre la firma y la ratificación. Como principal garante de los derechos humanos de los ciudadanos, el gobierno tiene la obligación de respetar, promover y proteger los derechos.

Tratados internacionales en materia de DDHH frente a los cuales el gobierno ha asumido obligaciones:

Tratados firmados y/o ratificados por el gobierno:

1. Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (CERD) 07 junio 1966 15 febrero 1972.

2. Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) 06 marzo 1980 17 julio 1980.

3. Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (CAT) 27 enero 1986 17 mayo 1995.

4. Convención sobre los Derechos del Niño (CRC) 26 enero 1990, 21 agosto 1991.

5. Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados (CRC-OP-AC) 13 octubre 2000.

6. Informe sobre la situación de derechos humanos de la población afrocubana 09 febrero 2007.

7. Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía (CRC-OP-SC) 13 octubre 2000, 25 septiembre 2001.

8. Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas (CED) 06 febrero 2007, 02 febrero 2009.

9. Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CRPD) 26 abril 2007 06 septiembre 2007.

10. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (CCPR) Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CESCR) 28 febrero 2008.

Resistencia del gobierno a aceptar plenamente compromisos internacionales. En el anterior examen del gobierno cubano en 2011, el Comité recomendó la ratificación de los Pactos Internacionales de los DDHH, firmados por el Estado el 28 de febrero de 2008. La ratificación de los mismos sería muy útil a la sociedad civil en la lucha por el respeto a los DDHH, porque ambos reconocen la importancia de crear condiciones que permitan a cada persona gozar de sus derechos económicos, sociales, culturales, civiles y políticos, para que el ser humano se pueda realizar con plena libertad.

El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos contiene los derechos a la libertad de expresión y opinión, que a su vez incluye el de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, y el de libertad de asociación y reunión con fines pacíficos.

El gobierno argumenta que la decisión de ratificar los pactos se tomará de manera soberana, cuando considere que están dadas las condiciones para que el accionar del país en estos temas, no sea objeto de manipulación, pero no aclara cuáles condiciones son esas que se necesitan para la ratificación de los pactos.

Respuesta institucional

El gobierno plantea que “Las garantías previstas por las leyes cubanas para proteger estas libertades incluyen medidas punitivas severas para todas aquellas personas y funcionarios públicos que pretendan conculcar ilícitamente las libertades de libre emisión de pensamiento, asociación, reunión pacífica, manifestación, queja y petición, según lo dispuesto en el Código Penal en sus artículos 291 y 292”. Sin embargo, funcionarios públicos de la Policía Nacional Revolucionaria (PNR), en combinación con oficiales de Seguridad de Estado, amenazan, reprimen, intimidan y golpean de forma impune a miembros de la sociedad civil que expresan pensamientos distintos a la política del gobierno sin recibir ninguna sanción.

En Cuba las organizaciones que responden a los intereses y las políticas del gobierno se les garantiza capacidad propositiva, de consulta, opinión y decisión, así como facultades para ejercer sus funciones y elegir a sus representantes. Sin embargo, las organizaciones que promueven el trabajo para la denuncia y eliminación de violaciones de los DDHH defendiendo los derechos de los cubanos, no son reconocidas por el gobierno y están constantemente bajo vigilancia y acoso policial, no teniendo las mismas posibilidades que las otras para tener capacidad propositiva, de consulta, opinión y decisión, así como participar en los ámbitos políticos, económicos, social y cultural.

Conclusiones

● Los patrones violatorios de DDHH son elevados, los órganos policiales y de Seguridad del Estado restringen derechos fundamentales a grupos de activistas de la sociedad civil que tratan el tema de DDHH, impidiéndole participar en actividades organizadas por ellos, violando el derecho de asociación.

●Los ciudadanos no tienen posibilidad de cimentar una agenda política que ayude a adoptar políticas públicas para que ocupen su lugar en la sociedad y sus derechos sean respetados, ni crear mecanismos para fortalecer esta práctica social.

●El Gobierno no tiene voluntad de aunar esfuerzos con organizaciones de la sociedad civil para luchar contra violaciones de DDHH, su proyección con respecto al tema deja claro su actuar violento contra personas u organizaciones que trabajan por crear espacios públicos y estrategias que permitan avanzar en materia de DDHH, negándoles capacidad de velar, proteger y luchar por el respeto de los derechos ciudadanos.

Recomendamos al gobierno cubano

Que levante las prohibiciones ilegítimas a las actividades políticas pacíficas y garantice la libertad de reunión pacífica y asociación, permitiendo, entre otras cosas, la legalización de grupos de la sociedad civil que trabajan en específico el tema de las violaciones de DDHH y no restrinjan su capacidad de movimiento tanto dentro como fuera del país.

Que ratifique de inmediato y sin reservas el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

Que cese el hostigamiento, la persecución y la detención arbitraria de activistas de DDHH, periodistas independientes y críticos del gobierno que ejercen pacíficamente sus derechos a la libertad de expresión, reunión y asociación.

Que garantice que ninguna persona sea detenida o encarcelada por ejercer de forma pacífica su derecho a la libertad de asociación y reunión. Toda persona detenida en estas circunstancias deberá quedar en libertad inmediata e incondicionalmente.

Fernando E. Palacio Mogar, CELIDE

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